Noticias sobre alergia | Normativa

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La Unión Europea prohíbe la presencia de sustancias químicas peligrosas y alergénicos en juguetes

La Unión Europea prohíbe desde mañana día 20 de julio de 2013, la presencia de sustancias químicas peligrosas y que pueden provocar alergias en los juguetes, estos requisitos se encuentran entre los más estrictos del mundo, con el fin de aumentar la protección y la seguridad de los niños.

Los 28 miembros de la Unión adoptan unos requisitos que se encuentran entre los más estrictos del mundo

En concreto, las sustancias carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción, así como 55 fragancias alergénicas quedan prohibidas en los juguetes, mientras que se requiere el etiquetado de 11 posibles alérgenos. Además, se aplican límites estrictos para 19 de los denominados elementos pesados, como el plomo o el bario.

Estas disposiciones estaban ya previstas en la nueva directiva sobre seguridad de los juguetes de 2009, pero su entrada en vigor de esta normativa se ha retrasado hasta ahora para dar tiempo a la industria a adaptarse. En todo caso, la Comisión asegura que las reglas vigentes hasta ahora ya incluían un margen de seguridad suficiente.

Etiquetado para productos con gluten o huevo

Productos con gluten o huevo que deben indicarlo en el envoltorio

Aunque tengan una escasa presencia en el alimento en cuestión, se trate de simples aditivos o se encuentren en líquidos con un grado alcohólico adquirido superior al 1,2%, estos productos tendrán que llevar en el etiquetado una leyenda en la que claramente pueda leerse contiene huevos, contiene cacahuetes o contiene cualquiera de los 13 ingredientes que aparecen en la lista de la ley.

Ingredientes de inclusión obligatoria

– Cereales que contengan gluten o productos derivados
– Crustáceos o productos a base de crustáceos
– Huevos y productos a base de huevo
– Cacahuetes y productos elaborados a base de estos frutos
– Soja y productos a base de soja
– Leche y sus derivados (incluida la lactosa)
– Frutos de cáscara como almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, castañas de Pará, pistachos o alfóncigos, macadamias o nueces de Australia y productos derivados
– Nueces y productos derivados
– Mostaza y productos derivados
– Granos de sésamo y productos a base de dichos granos
– Dióxido de azufre y sulfitos en determinadas concentraciones
– Altramuces y productos a base de altramuces

Ingredientes de inclusión obligatoria

Pero, mientras unos ingredientes entran en la lista, otros salen de ella. La norma aprobada también prescribe que los derivados de cereales sin gluten, determinadas gelatinas de pescado, derivados de la leche usados para elaborar bebidas alcohólicas y nueces utilizadas para hacer destilados ya no tienen la obligación de aparecer en el etiquetado de los productos alimenticios. Según un reciente informe de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), estas sustancias cuentan con escasas posibilidades de causar reacciones adversas en individuos sensibles. En estos cuatro casos, el consumidor puede prescindir de la fórmula contiene… sin riesgo para su salud.